Los municipios que deberán someterse a controles obligatorios de radón en España son aquellos clasificados como de actuación prioritaria (Zona II) por el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN). Desde mayo de 2025, en estos municipios es obligatorio medir el radón en los centros de trabajo situados en plantas bajas y sótanos.
En la provincia de Cuenca, el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) ha identificado 21 municipios donde se recomienda medir el gas radón. Sin embargo, ninguno de ellos está en la lista de obligación (Zona II); todos pertenecen a la Zona I, lo que significa que la medición es aconsejable pero no obligatoria.
El radón es un gas radiactivo natural, incoloro e inodoro, que puede acumularse en interiores y representa un riesgo importante para la salud, especialmente como causa de cáncer de pulmón.
Los 21 municipios clasificados en Zona I son:
- Arguisuelas
- Beamud
- Campillos-Sierra
- Carboneras de Guadazaón
- Cardenete
- Casas de los Pinos
- Fuentes
- Graja de Campalbo
- Henarejos
- Huerta del Marquesado
- Laguna del Marquesado
- Landete
- Monteagudo de las Salinas
- Mota del Cuervo
- Osa de la Vega
- Reíllo
- San Clemente
- Santa Cruz de Moya
- Talayuelas
- Valdemeca
- Valdemoro-Sierra
Riesgos para la salud
- El radón está reconocido como carcinógeno humano de categoría 1.
- Es la segunda causa de cáncer de pulmón después del tabaco.
- Se estima que entre 3% y 14% de los casos de cáncer de pulmón en un país pueden atribuirse al radón.
- El riesgo aumenta significativamente en fumadores, por el efecto sinérgico entre radón y tabaco
Medidas de control
- Mediciones mínimas de tres meses, preferentemente entre octubre y mayo.
- Centros de trabajo y edificios públicos son prioritarios para el control.
- Soluciones constructivas: barreras físicas en suelos y muros, ventilación forzada o sistemas de despresurización del terreno.
- El Código Técnico de la Edificación (CTE) ya contempla estas medidas en zonas de riesgo.