
Jesús Marín Sánchez
Alcalde de Casas de Garcimolina, condenado a 6 años de reclusión por auxilio a la rebelión
La figura de Jesús Marín Sánchez (CU-2721) representa, como ninguna otra en la comarca, el destino trágico de los alcaldes republicanos que, tras la guerra civil, se sometieron a la justicia militar franquista por el mero hecho de haber ejercido un cargo de máxima responsabilidad institucional durante la «dominación roja». Su condena a 6 años de reclusión por el delito de «auxilio a la rebelión» lo sitúa en un lugar central de la memoria histórica de Casas de Garcimolina, donde su nombre, borrado durante décadas, merece ser restituido.
Perfil biográfico
Jesús Marín Sánchez era natural de Casas de Garcimolina (Cuenca), de profesión labrador. En el momento de su detención contaba con 34 años. Militante del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) y afiliado a la Unión General de Trabajadores (UGT), su compromiso político le llevó a asumir responsabilidades institucionales en su pueblo natal durante la Segunda República y la guerra civil.
Su trayectoria en el ayuntamiento fue ascendente.
- febrero de 1936: toma posesión como concejal del ayuntamiento republicano.
- junio de 1937: asume la alcaldía de Casas de Garcimolina.
- mayo de 1938: cesa en el cargo, probablemente por movilización o por reestructuración del gobierno local en plena guerra.
Su mandato como alcalde, de aproximadamente once meses, transcurrió en un contexto de máxima tensión: la guerra civil en su fase más cruenta, la presión de las colectividades agrarias (CNT y UGT), las requisas de bienes eclesiásticos y la presencia de milicias y columnas militares en la comarca.

Contexto político y administrativo en Casas de Garcimolina
Durante la guerra, el pueblo experimentó una fuerte transformación social y política. El Procedimiento sumarísimo de urgencia núm. 32860 (AGHD, Fondo Madrid, Sumario 1844) documenta la existencia de un Comité revolucionario y de una Colectividad agraria vinculada a la CNT y la UGT, que llevó a cabo incautaciones de tierras, requisas de trigo y la destrucción del patrimonio religioso (iglesia parroquial y ermita de Santerón).
En este contexto, el alcalde Jesús Marín Sánchez se encontraba en una posición delicada: debía gestionar las demandas de los sindicatos y comités, atender las necesidades de la población en tiempos de escasez y, al mismo tiempo, mantener un orden mínimo frente a las presiones externas (como las milicias que venían de Utiel amenazando con destruir la iglesia si no lo hacían ellos mismos).
Los hechos imputados: colectivización y destrucción de la iglesia
Aunque en el sumario no se le atribuyen actos de violencia física personal, sí se le señala como partícipe en la colectivización de tierras y en la incautación de bienes de la Iglesia, hechos que la justicia franquista criminalizó bajo la tipificación de «auxilio a la rebelión».
Varios testigos y otros encausados mencionan a Jesús Marín como uno de los concejales responsables de la administración municipal durante la «dominación roja». En particular:
- Saturnino Montesinos Sáiz, en su declaración del 21 de abril de 1939, señaló que, ante los rumores de quema de iglesias en pueblos vecinos, los concejales Anastasio Sánchez Martínez y Jesús Marín Sánchez —en ausencia del alcalde— acordaron proponer al pueblo la destrucción de los altares, retablos y esculturas para evitar que columnas foráneas lo hicieran con mayor violencia.
- Modesto Sáiz López, exalcalde, declaró que Jesús Marín fue uno de los principales responsables de la colectividad, junto con Vicente Valero Cano y Anastasio Sánchez.
- Feliciano Sáiz Jiménez también lo señaló como uno de los que «arrastraron a los demás miembros de la colectividad a cometer atropellos».
Jesús Marín, además, aparece como responsable del envío a Cuenca de los objetos de valor de la iglesia que se lograron salvar de la quema (cálices, custodias, sagrario, etc.), un acto que él mismo o sus subordinados realizaron mediante inventario, probablemente para preservar el patrimonio.
Detención, consejo de guerra y condena
Finalizada la guerra, Jesús Marín Sánchez se detuvo. Su nombre figura en la lista de procesados dentro del procedimiento sumarísimo instruido contra los vecinos de Casas de Garcimolina y Algarra. Se juzgó en un consejo de guerra celebrado en Cuenca en diciembre de 1939.
La sentencia le condenó a 6 años de reclusión por el delito de «auxilio a la rebelión», una acusación genérica que el franquismo aplicó sistemáticamente contra todos aquellos que habían ocupado cargos públicos o de responsabilidad bajo la legalidad republicana.
Aunque el sumario se prolongó hasta 1945 y finalmente el Auditor General ordenó el sobreseimiento provisional para la mayoría de los encausados por falta de «méritos bastantes», la condena de Jesús Marín ya se había ejecutado. Es decir, mientras otros vecinos obtenían la libertad por falta de pruebas, él ya había cumplido parte de su pena.
Prisión y libertad condicional
Jesús Marín Sánchez ingresó en prisión, donde permaneció varios años. Al cumplir parte de su condena y gracias a la aplicación de la libertad condicional (posiblemente por buena conducta o por la revisión de su caso), se puso en libertad y regresó a Casas de Garcimolina.
Su retorno al pueblo no significó el fin de su calvario. Como tantos represaliados, vivió en un «exilio interior»: estigmatizado como «rojo», sometido a la vigilancia de las autoridades locales, marginado socialmente y con sus derechos políticos anulados. La dictadura no solo le había quitado años de libertad, sino también su lugar en la comunidad.
Significado histórico
El caso de Jesús Marín Sánchez es paradigmático por varias razones:
- La criminalización de la máxima autoridad municipal republicana: Ser alcalde durante la guerra, incluso sin haber cometido actos violentos personales, era suficiente para ser condenado a prisión. El franquismo consideraba que cualquier gestión bajo la legalidad republicana constituía «auxilio a la rebelión».
- La disparidad de penas: Mientras otros procesados (Saturnino Montesinos, Feliciano Sáiz, Simón Huertas) obtuvieron el sobreseimiento provisional, Jesús Marín se condenó a 6 años. La diferencia radicaba en su cargo de alcalde, que lo convertía en un símbolo del poder republicano que había que destruir ejemplarmente.
- La irrelevancia de la protección del patrimonio: A pesar de que, según varios testimonios, Jesús Marín participó en el envío a Cuenca de los objetos de valor de la iglesia para preservarlos (un acto que podría interpretarse como moderado), el tribunal no valoró esta circunstancia atenuante. Para la justicia militar, la pertenencia al bando republicano era en sí misma el delito.
- El alcalde como responsable último: Aunque la decisión de quemar los santos fue tomada colectivamente por el ayuntamiento y el pueblo, la responsabilidad política recayó sobre el alcalde. La dictadura necesitaba cabezas visibles para hacer ejemplar la represión.
- La doble condena: cárcel y exilio interior. Jesús Marín no solo sufrió la prisión, sino también el ostracismo social al regresar a su pueblo. Su vida quedó truncada, su nombre borrado de la memoria colectiva durante décadas.
Conclusión
La memoria de Jesús Marín Sánchez, alcalde de Casas de Garcimolina durante la guerra civil, condenado a 6 años de prisión por auxilio a la rebelión, es una pieza central en la recuperación de la verdad histórica de nuestro pueblo. Su historia representa la de cientos de alcaldes republicanos que, en toda España, se encarcelaron, depurados y silenciados por el franquismo.
Jesús Marín no fue un violento ni un corrupto. Fue un labrador que, en circunstancias extraordinarias, asumió la responsabilidad de gobernar a su pueblo durante una guerra. Pagó con años de cárcel su lealtad a las instituciones republicanas. Al salir en libertad, regresó a un hogar que ya no era el mismo, marcado por el estigma y el control político.
Recuperar su nombre y su historia es un acto de justicia restaurativa. Que su biografía ocupe ahora un lugar en la sección de Memoria Histórica de garcimolina.net es el mínimo reconocimiento a quien, como alcalde, sufrió en primera persona la vindicta del régimen vencedor.

Fuentes documentales
- Archivo General e Histórico de la Defensa (AGHD). Fondo Madrid. Sumario 1844, caja 600, orden 19. Procedimiento sumarísimo de urgencia contra vecinos de Casas de Garcimolina.
- Archivo General Militar (AGMG). 6.1.1, CCEP, Comisión de Cuenca, Caja 300636, expediente 58478.
- Base de datos Víctimas de la dictadura: referencia CU-2721 (Jesús Marín Sánchez). Investigador: Sergio Nieves Chaves (SEFT).
- Censo de represaliados de la UGT. Fundación Francisco Largo Caballero. Ficha de Jesús Marín Sánchez.
- Archivo Municipal de Casas de Garcimolina (Cuenca). Oficio del alcalde nacional Raimundo Montesinos al fiscal instructor de la Causa General. 7 de junio de 1939.
- Procedimiento sumarísimo de urgencia núm. 32860 (sumario 1844), Legajo 5406. Declaraciones de Saturnino Montesinos, Modesto Sáiz, Feliciano Sáiz y otros.
Para la elaboración de este artículo se han tenido en cuenta los estudios de Cervera Gil, J. (2006), Hernández de Miguel, C. (2015), Preston, P. (2011) y Rodrigo, J. (2008) sobre la represión franquista contra los cargos públicos republicanos.
Nota aclaratoria
Este artículo forma parte del trabajo de recuperación de la memoria histórica impulsado por garcimolina.net. La investigación se ha basado en fuentes documentales primarias (archivos militares, actas municipales, procedimientos sumarísimos) y en los testimonios recogidos en la tradición oral de la comarca. No obstante, somos conscientes de que la información aquí volcada puede ser incompleta o mejorable.
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Artículo elaborado para la sección Memoria Histórica de garcimolina.net, con el objetivo de contribuir a la recuperación de la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas del franquismo en nuestra comarca.