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LA CASA DE LA GRANJA DE GARCIA MOLINA: ORÍGENES
- La casa de la granja de Gracia Molina, la primera documentación oficial, que hallamos. Es del Instituto Nacional de Estadística. Tomo I, Madrid 2008, y la información en el detallada, es del siglo XVI:
TÍTULO DEL DOCUMENTO
- Censo de Pecheros. Carlos I del año 1.528. Donde se denominan: «granjas», (unidades individuales):
- La Casa de García Molina.
- La Casa de Pedro Izquierdo
Documento PDF, para ver en detalle: Página 153
Censo-de-Pecheros-tomo1Enlace:
LA CASA DE LA GRANJA DE GARCÍA MOLINA
HISTORIA
- Analizar la estructura territorial y los usos que se hacían del espacio rural en la Serranía de Cuenca tras su reconquista y repoblación a finales del siglo XII.
- Información del Fuero de Cuenca. Se establecen las pautas generales, para la vertebración de su territorio.
- Permite investigar sobre el aprovechamiento que hacía de su medio geográfico, el campesino conquense, en esta etapa de la Edad Media.
LAS CARACTERÍSTICAS FÍSICAS DEL TERRITORIO
- El territorio del alfoz de Cuenca, ocupaba una pequeña parte de la Alcarria. Comprendía la mayor parte de su Serranía. Con excepción de la zona sur-oriental, que pertenecía a la Tierra de Moya.
- La toma de la ciudad de Cuenca en el año 1.177, tras un largo asedio, supuso la ocupación definitiva de la Serranía, a la vez que facilitó el avance hacia territorios situados más al sur.
- La temprana conquista de Moya (1.183), de Alarcón (1.184) y de Alcaraz (1.213) alejó los peligros de la frontera musulmana de la Tierra de Cuenca, lo cual facilitó su repoblación.
- Moya, anteriormente al 1210; ni era Villa, ni poseía Castillo.
- Moya, nunca fue morada árabe. Ni se han encontrado vestigios árabes en su suelo.
- Las construcciones militares de la Villa son posteriores a la época musulmana.
Alfonso VIII
- Hizo de Cuenca, la cabeza de un amplio territorio o alfoz. Le concedió, un Fuero en el año 1.190, para organizar la repoblación, y el aprovechamiento de los recursos, de la extensa tierra.
- El relieve de la comarca, donde predominan las amplias muelas de topografía llana, facilita su aprovechamiento ganadero.
- Contribuyendo a una rápida repoblación, de la Serranía de Cuenca. Basad su riqueza, en la ganadería, mayoritariamente. Recurso económico, con las necesidades de movilidad características, de una sociedad guerrera, y con la posibilidad, de explotar de una manera extensiva, un territorio muy poco poblado.
- Las fuentes afirman que Alfonso VIII puebla Moya, no que la conquiste.
- Nada hace suponer que Alfonso, atacase a los almohades, anteriormente a la razzia, de abril o mayo de 1211.
- La puebla de Moya empezó en el año judicial conquense de X-1209/10.
- Mucho de lo que se ha escrito hasta ahora, sobre Moya, con anterioridad a esta fecha, son hipótesis sin fundamento.
REPOBLACIÓN
- Tras la repoblación, los propietarios de grandes rebaños, no eran frecuentes, predominarían los de pequeños y medianos; el módulo para calcular qué propietario de ganado, debe participar en la “Esculca”1, según el Fuero, son cien ovejas: “El caballero que tenga más de cien ovejas tenga esculca”.
- La poca presencia de Órdenes Militares, ni de monasterios en la Serranía, contribuiría, a que predominara en los primeros siglos de la reconquista el pequeño propietario.
- La repoblación es un proceso necesario e imprescindible, para consolidar el poder cristiano en los territorios tomados militarmente. El tipo de ocupación que se impone en el siglo XIII,
- El asentamiento debía iniciarse con las personas que formaban parte del ejército. Se les concedía, casa y tierra (de secano y de regadío), con la obligación de fijar en ella su residencia y participar en la defensa general.
- Tras la repoblación de Moya a principios del siglo XIII (a partir de 1210), fue adquiriendo una amplia jurisdicción sobre unos territorios.
- No hay constancia de documentos, donde se relacionen la repoblación con la creación de granjas, arrabales, poblaciones, núcleos rurales, ni urbanos.
- El territorio, del Marquesado de Moya. Con el tiempo, serán coincidentes, con los límites primigenios, del Señorío.
- En 1463, Enrique IV hizo donación del señorío de Moya a D Andrés de Cabrera, el «buen vasallo».
- Los moyanos se opusieron a este nombramiento. El nuevo Señor, no pudo tomar posesión hasta el año 1475. Con la confirmaron de la donación, de los Reyes Católicos, . Moya siempre estuvo de parte de Isabel I, La Católica, en el proceso sucesorio.
- Esto le valió a Moya, que de SEÑORIO, se convirtiera en MARQUESADO en el año 1480.
LA CASA DE LA GRANJA DE GARCÍA MOLINA
Primera documentación hallada, siglo XVI:
- Censo de Pecheros. Carlos I del año 1.528.
MOYA, SUS ARRABALES Y SU TIERRA
Granjas y arrabales año 1528
- Santa Cruz.
- Mançaneruela.
- Canpalvo.
- La Casa de Pedro Ysquierdo.
- Santo Domingo.
- Canpillo de Gormaz.
- Fuente El Espino.
- El Angosto.
- La Casa de García Molina.
LA CASA DE LA GRANJA DE GARCÍA MOLINA
Datos censales, Pecheros del año 1528:
- Trascripción de este legajo, revisada y ordenada. Con resúmenes de los informes y comentarios. De algunos datos elaborados. Destaca la identificación de los pueblos, que en él aparecen y su denominación actual.
- En atención al contenido y al momento de su realización, esta obra se ha titulado Censo de Pecheros. Carlos I año 1.528.
- El emperador Carlos I, decidió que se revisasen los padrones de pecheros, de los vecinos, obligados a atender los “Servicios de Su Majestad”.
- Impuestos aprobados en las Cortes, con exención de pago: a la Nobleza y a la Iglesia.
- Para ello, ordenó. Que dos comisionados, de cada Intendencia. (Zonas geográficas equivalentes a las actuales provincias); recorrieran los pueblos.
- Revisando el número de pecheros, anotando las cantidades que pagaban, estableciendo cuánto debían pagar, e informando sobre la riqueza de cada lugar, para fundamentar con equidad las “cáñamas”, o contribución correspondiente a cada pueblo.
- La recopilación duró casi ocho años. Los datos se refieren a los pagos realizados, en los años 1527 y 1528. En el año 1541 se estableció un nuevo “Servicio extraordinario”, lo que exigió una revisión del Censo. El conjunto de todos estos datos se encuentra reunido en un legajo que se conserva en el Archivo de Simancas con la signatura “Contadurías Generales núm. 768”.
Los Servicios a Su Majestad
- Impuestos, ordinarios o extraordinarios. Aprobados en las Cortes, que recaían sobre los pecheros y se destinaban, a sufragar las necesidades de la corona. Para recaudar estos impuestos los pueblos utilizaban los Padrones de pecheros que servían para asignar a cada uno la cantidad que debía pagar con objeto de alcanzar entre todos el importe fijado a cada pueblo que se denominaba cáñama.
- Las cáñamas, fijadas con anterioridad. En un principio, con la máxima equidad; el simple transcurso del tiempo, desajustaba los parámetros de reparto.
- A causa, de agravios entre poblaciones, se generaron quejas. El emperador Carlos I, decidió, enviar dos comisionados a cada provincia. Que recorrieran pueblos, analizando y comprobando los padrones. El número de pecheros y lo que pagaban en el “Servicio”, e hicieran un breve informe sobre su riqueza.
Estos datos servirían:
- Que, todos los vecinos de la provincia, contribuyan y paguen. De manera que unos concejos con otros, no reciban agravio. Según se expresaban los comisionados de Salamanca. Duró casi ocho años, esta recopilación; desde 1528 a 1536. En los preámbulos, se indica que los datos, se refieren a lo pagado en los años 1527 y 1528.
- Se estableció un “servicio extraordinario”, nuevo. Lo comenzarían a pagar, a partir del año 1541. Lo que motivó que en esa fecha, se realizara una revisión del Censo, que es la que ha llegado hasta nosotros.
LA CASA DE LA GRANJA DE GARCÍA MOLINA
TABLA DE DATOS CENSALES
LA CASA DE LA GRANJA DE GARCÍA MOLINA
Palabras empleadas geográficamente:
- Pueblo: cualquier asentamiento de población. O conjunto de asentamientos limítrofes. En el Censo, un ente poblacional indiviso.
- Alcaria: Alquería, cortijo, caserío.
- Alquería: Conjunto reducido de casas rurales. Finca de campo con casa de labor.
- Pecho: Tributo que se paga al Rey. Se incluye, lo que se paga al dueño de los señoríos; seglares, o eclesiásticos.
- Pecheros: Según el Diccionario de Covarrubias (año 1610) pág. 858 b, 33 – “Pecho vale cierto tributo que se da al Rey” y añade (renglón, 45) “Pechero, el que lo paga. Deste, están essentos los hidalgos, por el pecho, se dividen de los que son”. En nuestro caso se trata del impuesto denominado “Servicio a SS.MM.” de los años 1527 y 1528. En muchas regiones, se considera a las viudas y a los menores de edad, obligados a pagar pechos. Como, medio pechero y en alguna, como en Soria, dos tercios.
- Cáñama: Agrupación de pecheros que se hacía para mejor distribuir los impuestos. El Diccionario de Autoridades, primero de la Real Academia (1726). Lo define como: el orden y unión de los pecheros, incluidos, en los repartimientos de tributos.
- Repartimiento de pechos, en cáñamas: Distribución del impuesto en grupos de contribuyentes. Las autoridades de cada grupo, debían acordar cómo se hacía el pago.
- Distribuyéndolo en grupos más pequeños, o directamente entre los obligados a satisfacerlos, o bien pagándolo con las rentas de los bienes comunales.
- Si el grupo era un pueblo; se distribuía, entre los pecheros.
- Una forma peculiar de hacerlo, consistía en repartirlo entre todos ellos, a partes iguales. El que no tenía ingresos suficientes, pagaba una parte alícuota, de acuerdo con sus posibilidades.
BIBLIOGRAFÍA
- Legajo que contiene el Censo de Pecheros, debido posiblemente, a Tomás González; en el que aparece fechado en 154. Tratándose de un Censo de 1527. Usado en 1528, revisado en 1540.
- Organización del territorio y usos del suelo en el alfoz, de cuenca según su fuero. Luis Esteban Cava, traducción del mismo realizada: Valmaña Vicente. A. Publicada, por Ed. Tormo. Cuenca 1977.
- Repoblación de Castilla La Nueva, González, vol. I, pp. 113-215.
- Torres Jiménez, Raquel. En Esp. mediev. 45 2022: 31-52.
- Los orígenes de las Órdenes Militares y la repoblación de los territorios de La Mancha (1150-1250), Madrid: CSIC, 2003.
- Cuadernos historia 16, Conquista de Valencia, Pedro López Elum, N.º 143, pág.. 18
ENLACES DE INTERÉS
Censo de Pecheros Tomo I y II:
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PALABRAS TÉCNICAS
- Esculca1: En épocas anteriores al predominio de la Mesta, se constituían escoltas de jinetes armados y soldados de a pie, que acompañaban a los rebaños en los campos de pastos donde permanecían durante el período de la trashumancia y en el traslado de los mismos de un punto a otro. Esta especie de guardia oficial era conocida como la «esculca» y los jinetes para formar la misma los facilitaban los dueños del ganado de los rebaños, en función de un caballo por cada rebaño de vacuno o tres de ganado lanar.
- Localización en el O.M.: El O.M. (Abreviatura de Original Manuscrito). Es un legajo con 520 folios. Numerados y escritos por las dos caras, se distinguen por: rº (recto) la inicial y por vº (verso). La otra cara, según el lenguaje de archiveros e impresores.
- Sesmo o Sexmo: La RAE, admite las dos formas, para designar la agrupación, de municipios para fines comunes.
- Yantar: Impuesto de los vecinos, pagado a su señor. Originariamente, en especie y con posterioridad en dinero.
Próximos eventos en la Serranía:
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